14. sep., 2017

LA NEGATIVA Y LA NEGATIVA TACITA A SOMETERSE AL CONTROL DE ALCOHOLEMIA.

¿ Se halla contemplado la negativa a someterse a un control de alcoholemia o, la presentcia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas como delito contra la seguridad vial ? Sí. ¿Consecuencias? Las que el tipo penal configurado determina en el art 383 de nuestro CP :

-prisión de 6 meses a 1 año.

-Y, privacion del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotor por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Así queda configurado como un delito contra la segurida vial cuyos bienes juridicos protegidos son la vida y la integridad física de las personas, indiependiente del patrimonio mediante los daños materiales posibles, y ya no tiene encaje en lla figura que por equivalencia o analogía se agribuia como delito de desobediencia a autoridad judicial sin que por ello se sancionara con retirada del permiso de conducción. ¿ Es compatible el delito de alcoholemía con el de su negativa a la misma? Según el pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de Junio de 2017, Sí. ¿Que requisitos se han de apreciar para observar este delito de negativa? varios:

-Requerimiento expreso por parte del agente

-Negativa expresa, y reiterada.

¿Entonces? Una persona que pudiendo dar una tasa perfertamente superior a 0,60 mlgrs/l en aire espirado, no se niega expresamente a soplar, pero no colaborando al 100% en la realizacion de la prueba, como puede ser mover voluntariamente la boquilla de sople para que éste dé error o, insuflando insuficientemente por manifestar no poder más, y ello en repetidas ocasiones ¿ Incurriria en en un dellito tácito de desobediencia a sometimiento de prueba de detección de alcohol? aquí, viene el arma de doble filo, en cuanto deberá de acreditarse que se agotaron todos cuantos medios están al alcance de los agentes de la autoridad para garantizar la plena defensa del inculpado, puesto  que se dan infinidad de supuesto donde por motivos de indole distinta normalmente de salud, y una vez agotados deberá ser el inculpado quien aporte pruebas de qué realmente no es que no quisó someterse sino que no habiendo negativa expresa, realmente no pudo por algún motivo como puede ser padecer asma severo u otra dificultad que por acreditada, no confirme haber existido una negativa tácita o lo que es una falta de colaboracion voluntaria en llegar a cabo aquellas instrucciones que siendo minimamente inteligibles forman parte de la aceptación de sometimiento a la prueba, confirmando que los agentes curandose en salud, unicamente inculparan por este delito cuando existan sintomas evidentes de conduccion bajo los efectos de alcohol  o drogas tóxicas u estupefacientes los cuales deberan tambien acreditar, no sólo en el atestado, sino en la propia vista oral, de no haberse conformado en la instruccion de un juicio rapido cuya finalidad es la conformidad y aminoramiento inherente de la pena.

Comentarios recientes

29.10 | 12:34

Desde la fecha de notificación tiene dos meses para poner recurso contencioso, si lo estima conveniente, remitiendome a la contestación dada a usuario Lázaro. saludos.

28.10 | 21:00

Buenas noches mire lo q pasa q el 29 08 2020 me sale un semaforo sin darme cuenta la Cámara me a tomado la foto y me an sancionado con 200€de multa y pérdida de cuatro puntos ahora el
problema q yo

07.10 | 08:52

El quid de la cuestión es que si esos semáforos no están sometidos a control metrológico según jurisprudencia T. Supremo las sanciones deberán ser declaras nulas, mediante Recurso Conten administr

15.06 | 14:57

Fui injustamente fotografiado en la Sierra De Guadarrama por semáforo rojo. r Incostitucional. Mal aconsejado pagué multa de 100 Euros. El 16.8. 2019. Hoy me enteré que me quitaron 4 puntos .

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