13. jul., 2017

LEY 6/2013 CATALANA DE CLUBES DE CONSUMO DE CANNABIS

        Hoy 12 de Julio entra en vigor en Cataluña la ley de asociaciones de conssumo de cannabis, luego ya regulado de forma legal su consumo, choca con la permanencia de esta sustancia en el organismo con la conduccion de vehículos a motor en la media que  siendo legal en ciertas condiciones el consumo y, siendo conocido que lo que produce riesgo a la conduccion es la influencia y no la presencia, es otra arma defensiva para aquellos quienes de forma habitual, ocasional o esporadicar consumen tal sustancia, para si es un momento determinado son obligados como conductores a realizar prueba de sustancias psicotropicas/drogas,dieren positivo en dicho test y todo ello sin sintomás evidentes, claro. Será motivo de todo un caballo de batalla, el hecho de pertenecer a una asociación de tal tipo y realmente apreciarse determinados sintomas por personas agentes de la autoridad cuyos sintomas, aun siendo habilitados por la LECrim para ello, se hallan fuera del alcance y conocimientos de éstos, atenta contra la libertad de circulación y habria que acudir al concepto de droga y droga legal según la OMS para poder apreciar la consumación del tipo administrativo sancionador, y es que entonces, dicho ilicito administrativo para éstas personas para evitarlo pasa por no conducir NUNCA, ni cuando tal sustancia produce efecto, ni cuando no lo produce puesto que la presencia en el organismo no corresponde de igual forma que al alcohol, que éste si, va parejo la eliminación con la influencia independientemente de que a algunas personas les siente peor que a otras.

Comentarios recientes

29.10 | 12:34

Desde la fecha de notificación tiene dos meses para poner recurso contencioso, si lo estima conveniente, remitiendome a la contestación dada a usuario Lázaro. saludos.

28.10 | 21:00

Buenas noches mire lo q pasa q el 29 08 2020 me sale un semaforo sin darme cuenta la Cámara me a tomado la foto y me an sancionado con 200€de multa y pérdida de cuatro puntos ahora el
problema q yo

07.10 | 08:52

El quid de la cuestión es que si esos semáforos no están sometidos a control metrológico según jurisprudencia T. Supremo las sanciones deberán ser declaras nulas, mediante Recurso Conten administr

15.06 | 14:57

Fui injustamente fotografiado en la Sierra De Guadarrama por semáforo rojo. r Incostitucional. Mal aconsejado pagué multa de 100 Euros. El 16.8. 2019. Hoy me enteré que me quitaron 4 puntos .

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